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Resolución deuda impositiva

Existen tres programas principales para resolver deudas tributarias con el IRS o las agencias tributarias estatales: Acuerdos de pago a plazos, Deudas actualmente incobrables y Oferta de transacción.

Existen tres programas principales para resolver deudas tributarias con el IRS o las agencias tributarias estatales.

Planes de pago mensuales

¿Qué es un contrato de pago a plazos?

Las normas del IRS cambian constantemente según su tipo de impuesto. Las personas que adeudan hasta $150,000.00 generalmente pueden pagar mediante débito directo mensual durante un máximo de seis años para evitar un embargo fiscal. Si debe más o necesita más tiempo para pagar, trabajamos con el IRS para negociar un acuerdo de pago personalizado que se ajuste a su presupuesto.
Actividad de recolección de congelación

¿Qué significa actualmente el estado "No Coleccionable"?

Las personas y empresas que cumplan con los requisitos pueden congelar sus saldos durante dos años o más, deteniendo por completo las gestiones de cobro del IRS o del estado. Dado que casi todas las deudas con el IRS vencen a los diez años de su evaluación, muchas obligaciones tributarias antiguas simplemente se extinguen por completo mientras usted esté protegido por esta medida.
Conformarse con menos

¿Qué es una oferta de compromiso?

Un programa eficaz para quienes cumplen con los requisitos de un riguroso análisis financiero del IRS. El Sr. Hubert Johnson ha resuelto personalmente cientos de casos, con más de 300 ofertas exitosas en un solo año, algunas por tan solo $20.00. El monto final de su acuerdo depende directamente de sus circunstancias financieras particulares.

⚠️ Plazos y fechas límite críticos

Años 1-2Negociamos para que su cuenta pase al estado de "Actualmente Incobrable", deteniendo así toda actividad de cobro por parte del IRS o del Estado durante al menos dos años.
Años 3-9Ciertos eventos fiscales adicionales pueden extender el plazo de cobro. Supervisamos de cerca su expediente para garantizar el cumplimiento mientras el tiempo corre.
Año 10Una vez transcurrido el plazo de prescripción de 10 años, sus deudas tributarias anteriores pendientes simplemente caducan por completo, mientras usted se encuentra protegido bajo la condición de incobrable.

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